jueves, 27 de octubre de 2016

Geografía. Actividad página 95 del libro.
Buscar en Internet Ley de Bosques N* 26.331 y responder las preguntas.

1    A) ¿Cómo se definen los bosques nativos?

Se consideran bosques nativos a los ecosistemas forestales naturales compuestos predominantemente por especies arbóreas nativas maduras, con diversas especies de flora y fauna asociadas en conjunto con el medio que las rodea-suelo, subsuelo, atmósfera, clima, recursos hídricos- conformando una trama independiente que en su estado natural le otorgan al sistema una condición de equilibrio dinámico y que brindan sus servicios ambientales a la sociedad, además de los diversos recursos naturales que se utilizan.

B) ¿Qué servicios ambientales generan los ecosistemas del bosque nativo?
 Los principales servicios ambientales que los bosques nativos brindan a la sociedad son:
- Regulación hídrica;
- Conservación de la biodiversidad;
- Conservación del suelo y de calidad del agua;
- Fijación de emisiones de gases con efecto invernadero;
- Contribución a la diversificación y belleza del paisaje;
- Defensa de la identidad cultural.
C) ¿Cuáles son las categorías de conservación que establece el Ordenamiento territorial?
 Las categorías de conservación de los bosques nativos son las siguientes:
- Categoría I (rojo): sectores de muy alto valor de conservación que no deben transformarse. Incluirá áreas que por sus ubicaciones relativas a reservas, su valor de conectividad, la presencia de valores biológicos sobresalientes y/o la protección de cuencas que ejercen, ameritan su persistencia como bosque a perpetuidad, aunque estos sectores puedan ser hábitat de comunidades indígenas y ser objeto de investigación científica.
- Categoría II (amarillo): sectores de mediano valor de conservación, que pueden estar degradados pero que a juicio de la autoridad de aplicación jurisdiccional con la implementación de actividades de restauración pueden tener un valor alto de conservación y que podrán ser sometidos a los siguientes usos: aprovechamiento sostenible, turismo, recolección e investigación científica.
- Categoría III (verde): sectores de bajo valor de conservación que pueden transformarse parcialmente o en su totalidad aunque dentro de los criterios de la presente ley.




1 comentario:

  1. Valentina,
    Bien la información sobre la actividad de Bosques nativos
    Por otro lado, no se encuentra publicada la actividad en el blog correspondiente al cuadro de ambientes de Argentina

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